Los hay que conocen bién la importancia de elegir un buen nombre, ha de ser distintiva, eufónica, facil de pronunciary registrable como marca. Asà que está bién seguir estas pautas:
primero
La protección de las marcas es esencial para la franquicia. Si la marca de la empresa no está protegida, será más dificultoso hacer valer tus derechos.
segundo
El uso de una marca sin tenerla registrada puede suponer una violación de las marcas o derechos de otra persona, que podrÃa demandarte por utilizar un nombre que se confunde con el suyo. Por eso, antes de utilizar una marca, es preciso tenerla registrada.
tercero
Con carácter previo a la solicitud de cualquier marca, conviene realizar una investigación previa, que pueda revelar la existencia de otros registros anteriores, iguales o parecidos al suyo. De esta forma ahorraras tiempo y dinero, y podrás efectuar las variaciones necesarias para que tu solicitud tenga más posibilidades de éxito.
cuarto
El registro de las marcas es de ámbito territorial, es decir, no por registrar las marcas en nuestro paÃs, la protección se extiende a todo el mundo.
quinto
La legislación de marcas y los procedimientos de protección son distintos en cada paÃs. Por eso, es indispensable contar con el asesoramiento de un profesional de la Propiedad Industrial, que te orientará sobre la mejor manera de registrar sus marcas y defender sus derechos, en España y en el extranjero.
sexto
La normativa española de marcas, en concreto, prevé una serie de prohibiciones de registro, de modo que, no pueden solicitarse como marcas, entre otros, los signos que:
– No se ajusten al concepto de marca, bien por no ser susceptibles de representación gráfica, como los olores o los sabores, o bien por carecer de aptitud diferenciadora, por tratarse de un signo banal (un punto, una coma, una raya…), o excesivamente complejo.
-Estén exclusivamente compuestos por indicaciones descriptivas de los productos o servicios, como pueden ser los que designan la especie, calidad, cantidad, o la procedencia geográfica, que no pueden ser monopolizados
-Estén exclusivamente compuestos de indicaciones que se hayan convertido en usuales para distinguir los productos o servicios en las costumbres del comercio: web, adsl
-Consistan en formas impuestas por la naturaleza o la forma del producto
-Sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres
-Iinduzcan a error al público consumidor, por ejemplo, sobre la naturaleza, calidad o procedencia geográfica del producto o servicio
-Contengan o consistan en indicaciones geográficas referentes a vinos, para aplicarlas a bebidas que no tengan esa procedencia, pues podrÃan confundir al consumidor.
-Reproduzcan o imiten denominaciones o sÃmbolos oficiales españoles, o de organizaciones internacionales: la bandera de España, el sÃmbolo del euro, las estrellas de la UE, a menos que se obtenga autorización.
Además, la Ley también impide el registro de una nueva marca si existen otros derechos anteriores que resultan incompatibles con ella, ya que pueden dar lugar a confusión entre los consumidores, o suponer un aprovechamiento indebido de la reputación ajena. Estos derechos previos pueden ser:
-Derechos de propiedad industrial anteriores: marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimiento, diseños registrados.
-Derechos de propiedad intelectual
-Derechos de la personalidad (nombres civiles, imágenes, seudónimos)
-Razones sociales notorias anteriores.
septimo
La nueva Ley de Marcas ha eliminado el trámite del examen de oficio de las nuevas solicitudes, por tanto, una vez presentada tu marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas, deberá oponerse a cualquier nueva solicitud igual o parecida a la suya, en el plazo de dos meses desde su publicación en el BoletÃn Oficial de la Propiedad Industrial, para evitar que se conceda.
octavo
Existen Convenios Internacionales y sistemas regionales de protección de las marcas que permiten registrarlas en otros paÃses de forma más rápida, sencilla y económica. Además, en casi todos los paÃses, se puede hacer valer tu derecho de prioridad, para solicitar las marcas en el extranjero hasta 6 meses después de la nacional, y recibir la misma fecha de presentación que la española.
noveno
Tan importante como registrar su marca es proteger el diseño.
décimo
Déjate aconsejar por tu Agente de Propiedad Industrial, quien te asesorará sobre la mejor manera de proteger sus marcas y diseños, te informará puntualmente de las nuevas solicitudes por si quieres oponerte a ellas, le avisará del vencimiento de los pagos de mantenimiento de sus registros, pondrá a tu disposición toda una red de corresponsales en el extranjero, y ejercitará las acciones legales pertinentes en defensa de tus derechos.
Fuente: Business Opportunities en Español.